Valera 1 de enero de 1820

Respectivamente, los ha cabido en dha, partición según y cómo en ella se refiere; para todo lo qual se interpone la Autoridad y el cuerpo judicial de este TrblI por este asunto, así lo preveo, mando y firmo, yo Don Domingo de la Peña Tente. Justa . Mor de esta Nueva Parroquia de Valera y demás anezas qe. Lol firmo en ella con testigos de auctuacciones en defecto de Esno. Y en este papwl común por no haevrlo del sellado, sin perjuicio de la Rl. Hacienda de lo qe. certifico.
Andres Graterol Domingo dela Peña.
Josef Anto. Daboín
*Extraído del Periódico El Anunciador N° 43 Pagina 15 08-05-1935. Cortesía del Cronista de Valera Luis González. Errores del documento original.
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